Mercado con fruta a granel y envasada en plástico. Imagen: José Antonio Góngora Martínez vía Flickr.
- La nueva normativa tiene entre sus objetivos el fomento de la venta a granel de frutas y hortalizas en los comercios minoristas
- El Ministerio para la Transición Ecológica presentará una lista con las excepciones a estas medidas
El pasado 1 de enero de 2023 entró en vigor la nueva normativa que prohíbe la venta de frutas y verduras frescas en envases de plástico en los comercios minoristas. Esta regulación tiene como objetivo fomentar la venta a granel de alimentos cuyo embalaje no aporta valor añadido al producto. El Ministerio para la Transición Ecológica junto con la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición publicarán, en un plazo de seis meses desde el pasado domingo, la lista de frutas y hortalizas que no se verán afectadas por las recientes restricciones.
En la comunicación oficial del Ministerio se adelanta que la obligación no se aplicará a frutas y verduras envasadas en lotes de un kilo y medio o más, ni a las que se envasen bajo una variedad protegida o registrada o cuenten con indicaciones de calidad diferenciadas o de agricultura ecológica. También se excluyen las que puedan deteriorarse si se venden a granel.
Una vez se establezcan los productos exentos los comercios dispondrán de un plazo de seis meses para poder adaptar la venta del resto de frutas y hortalizas a la nueva regulación. Aquellos establecimientos con una superficie igual o mayor a 400 metros cuadrados deberán destinar un mínimo del 20 % de su área a los productos sin embalaje primario, como la venta a granel o con envases reutilizables.
Con motivo de la reunión semanal, y a petición del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, el Consejo de Ministros aprobó estas medidas el 27 de diciembre de 2022, recogidas en el Real Decreto de Envases y Residuos de Envases para avanzar en la implantación de la economía circular. El texto revisa la actual normativa, que llevaba vigente más de 20 años, para alinearla con los objetivos de la Unión Europea y mejorar la implantación de la economía circular.
A parte de las restricciones en el envasado, presenta otras novedades como métodos de prevención y reducción de residuos y de aumento de envases reutilizables. De acuerdo con la directiva europea, el real decreto también impulsa la utilización de materiales obtenidos de residuos de envases reciclados. Asimismo, prohíbe el marcado de envases con las palabras “respetuoso con el medio ambiente” o equivalentes que puedan inducir a que se dejen tirados en el entorno. Por otro lado se establecerán bonificaciones fiscales en las contribuciones financieras de los productores cuando cumplan criterios de eficiencia en el envasado comercial e industrial; en caso contrario, se aplicarán penalizaciones.
Como toda novedad, esta revisión de la regulación ya cuenta con su oposición: Cooperativas Agroalimentarias de España argumenta que los envases de plástico mejoran la conservación y seguridad de los alimentos y, además, suponen más facilidades para el consumo saludable. En su comunicado abogan por una normativa que promueva la reducción y no “la prohibición radical y arbitraria de determinados materiales o formatos”.
No obstante, hay consenso general de que los cambios son necesarios: según la Asociación Española de Fabricantes y Distribuidores (AECOC) en datos de 2019, la mitad de los españoles compró sus frutas y verduras en el supermercado, pero solo un 40 % lo hizo a granel. Por parte de Eurostat, cada ciudadano de la Unión Europea generó casi 35 kilos de residuos por envases de plástico en 2020.
Otro país que acompaña a España en la implantación de restricciones es Francia, que desde el 1 de enero también prohíbe envolver en plástico hasta 30 variedades de frutas y hortalizas.